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martes, 17 de febrero de 2015

La valla de los marginados.

“Más de un centenar de inmigrantes mueren en un naufragio en Lampedusa”; “medio centenar de inmigrantes intentan saltar la frontera en Ceuta”; “al menos seis muertos al naufragar una patera cerca de Melilla”… Qué revuelo. Nos bombardean casi a diario con estas trágicas noticias o con las famosas “devoluciones en caliente”, esas que violan más de un código o directiva europea. Y nosotros nos preguntamos, ¿qué hace Europa?

Pues bien, debido a la inmensidad de muertes que han ocasionado los naufragios o los saltos a las vallas, por parte de la Comisión Europea, se han trazado unos objetivos para este nuevo año 2015 y, uno de ellos (no podía ser de otra manera), es el tema de la migración. Esta migración no se ve referida a un extranjero de un Estado Miembro, sino, más bien, a ese indocumentado que pretende asegurar su subsistencia acudiendo al reclamo de oportunidades que percibe en el estado del bienestar occidental.  Si hablamos, pues, de ciudadanos de la Unión Europea, debido al derecho de circular y residir libremente en territorio común según lo estipulado en el artículo 21 TFUE, no estaríamos refiriéndonos a esos inmigrantes en situación irregular. Por tanto, es para ellos quienes van destinados esos objetivos de los que hablaba antes.

Estos objetivos son líneas muy sencillas que esperan dar solución a un problema cada vez mayor y son, a grandes rasgos, el poder ofrecer asistencia a toda persona que lo necesite (la Unión Europea no solo rescata bancos, también rescata personas), el proporcionar unas fronteras más seguras, destinando más medios a la Agencia Europea de Fronteras (FRONTEX); la prevención y, si fuera necesario, denunciar y castigar firmemente a los traficantes de seres humanos, garantizar que todos los Estados Miembros utilicen las mismas normas de asilo, aplicando un sistema europeo común de asilo (SECA), en gran relación con el artículo 78 TFUE y realizar acuerdos bilaterales, de cooperación (los llamados ”acuerdos de readmisión”) con los países de origen de estos inmigrantes para poder realizar una repatriación dentro de los Derechos Humanos, sin que se produzcan esas “devoluciones en caliente” que tanto denuncia la ONU.

Dejando a un lado estos objetivos, que de entrada pueden estar muy bien, hay que tener en cuenta que esa libre circulación de las personas ha estado regulada en el ámbito del trabajo con la OIT, por ejemplo, en materia de control fronterizo con el Código de fronteras de Schengen o la directiva sobre procedimientos de asilo y de retorno, teniendo siempre muy en cuenta la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. Además, el TFUE enmarca en su capítulo dos las políticas a seguir sobre controles en las fronteras, asilo e inmigración.


Sin lugar a dudas, queda aún mucho por hacer e, incluso, se habla de que se necesita una mayor legislación para que los más desfavorecidos (la gente del sur) no vea mermados sus derechos, esos derechos que son un estándar mínimo como es el derecho a la vida, el derecho a obtener justicia sin sufrir tratos inhumanos o degradantes o la facultad de ejecutar determinados derechos civiles básicos como el derecho de la familia. Junto a ello, hay que añadir que los derechos humanos acompañan a la persona allá donde vaya y obligan a cada Estado allá donde se encuentren sus autoridades. Todo ello deberá ser regido por el principio de solidaridad que tanto promueve Europa,  así como un reparto equitativo de la responsabilidad entre los Estados miembros, también en el aspecto económico. Esperemos que los titulares arriba mencionados sean cosa del pasado aunque, como suele pasar a menudo, sólo el tiempo lo dirá.


F.D.O. Gema Rodríguez Yáñez.

lunes, 3 de noviembre de 2014

La correa del dragón.

¡Buenos días a todos!

Hoy inauguramos una nueva sección, de la mano de nuestro nuevo colaborador Alejandro Martínez, quién abordará desde un enfoque personal la actualidad internacional. Es estudiante de Derecho y Marketing en el Centro Universitario Villanueva y tiene grandes intrigas en el ámbito jurídico, cultural e internacional.

¡Esperamos que os guste!

F.D.O: Derecho&Perspectiva.

La correa del dragón.

‘’¡Qué vergüenza! ¡Qué vergüenza!’’, ‘’ ¡Vosotros también sois de Hong Kong! ¡Habéis prometido proteger al pueblo no a los dirigentes!’’. Este era el himno que cantaban a coro miles de personas detrás de las barreras metálicas que servían de muro de contención a los policías de la localidad de Hong Kong.

Lo que empezó siendo una mera revuelta de estudiantes contra la decisión del Gobierno Chino de celebrar las elecciones de 2017 de forma ‘’no democrática’’, ha acabado desencadenando una protesta generalizada que ha congregado a los prodemocráticos y otros grupos como Schoolers y Occupy Central a favor del sufragio universal en la ya conocida ‘’Plaza Cívica’’.

Debido a la fuerte represión policial vivida en aquellos días, muchos manifestantes cayeron en cierta exageración que les llevó a aparejarlo con Tian’anmen, un suceso que sin duda muchos recordarán. De hecho creo que es conveniente explayarse en este punto ya que, para saber en lo que podrían desembocar estas manifestaciones y analizar sus consecuencias, hay que volver la vista 25 años atrás.
Debido a la revuelta alrededor de la plaza de Tian’anmen (Pekín, 1989) y a la mala gestión del Partido Comunista Chino de la crisis, se declaró la Ley Marcial y el Ejército Popular de la Liberación entró en la ciudad de Pekín arrasando con todo y disparando indiscriminadamente contra todo aquello a lo que tenía alcance. Con estas palabras no me refiero a que disparase solamente contra los manifestantes: mujeres, niños, jóvenes que pasaban por la calle por casualidad, todo aquél que se cruzó en el camino de la marcha del EPL lo pagó con su vida, no se libraron ni siquiera los que se quedaron en sus hogares. 10.000 heridos y  3.000 muertos… tal cantidad de pérdidas humanas  permite hacerse una idea de la indiscriminación con la que se actuó.

Las actuaciones del Gobierno no pasaron, ni mucho menos, desapercibidas, algunos periodistas (entre ellos algunos de la TVE) filmaron este triste acontecimiento a pesar de que el Gobierno chino trató de buscar cobertura con la que mantenerse lejos del alcance de los medios. Las imágenes de las protestas, junto con la caída del comunismo en la Unión Soviética y en Europa del Este, contribuyeron a que los occidentales pudieran formarse una opinión sobre la República Popular China durante la década de 1990 y los primeros años del siglo XXI. Se produjo una importante simpatía por las protestas estudiantiles y, casi inmediatamente, los EE.UU. y la EU anunciaron un embargo del comercio de armas, y la imagen que China se había forjado en la década de 1980, como un país que emprendía reformas y un contrapeso aliado contra la Unión Soviética, fue derruida y reemplazada por la de un régimen autoritario muy represivo.

Esta cumbre tuvo lugar en Holanda, en diciembre del 2004. Ante el panorama internacional, China jugó sus cartas y presionó para que este proyecto no viera la luz. El ministro de exteriores chinos advirtió a los europeos que esa cumbre podía dañar irreversiblemente las relaciones económicas bilaterales. No obstante, se aprobó el embargo y aunque desde entonces han tenido lugar varios intentos de forzar su suspensión, lo cierto es que aun sigue vigente, razón por la que actualmente China tiene que lidiar con dificultades para proveerse de tecnología militar y por la que se ha visto obligada a obtenerla de Rusia, Iraq y Sudáfrica.

El dilema ya no trata solo de la cantidad de vidas que se perdieron y de los derechos humanos que se infringieron, sino de los que se siguieron sucediendo muchos años después, el mejor ejemplo de esta represión post-manifestación es el caso de la detención de Liu Xiaobo, un gran crítico de China que mostró su apoyo a los manifestantes de Tian’anmen y por ello reiteradas veces (sin cargos) por prisión.

A mi parecer (y creo que comparto mi opinión con la de ‘’Human Rights Watch’’), la vulneración de la Carta de los Derechos Humanos de esta forma es, cuanto menos, deplorable. Por poderosa y grande que pueda ser una nación o una institución no puede permitirse actuar contra los suyos de una forma tan represiva.

¿Se tomaron suficientes medidas contra el régimen chino? ¿Qué pasaron con los registros de civiles muertos, desaparecidos o encarcelados durante la revuelta? ¿Podrían desencadenar las revueltas de la Revolución de los Paraguas en un ‘’referéndum’’ para implantar el Estado Democrático y de Derecho en China? ¿O acabará con una nueva implantación de la ley marcial? Y en este último caso ¿Cómo reaccionaría la comunidad internacional? Son preguntas que irán hallando su respuesta con el paso del tiempo.

F.D.O: Alejandro Martínez.