“Más de un centenar de
inmigrantes mueren en un naufragio en Lampedusa”; “medio centenar de
inmigrantes intentan saltar la frontera en Ceuta”; “al menos seis muertos al
naufragar una patera cerca de Melilla”… Qué revuelo. Nos bombardean casi a
diario con estas trágicas noticias o con las famosas “devoluciones en
caliente”, esas que violan más de un código o directiva europea. Y nosotros nos
preguntamos, ¿qué hace Europa?
Pues bien, debido a la inmensidad
de muertes que han ocasionado los naufragios o los saltos a las vallas, por
parte de la Comisión Europea, se han trazado unos objetivos para este nuevo año
2015 y, uno de ellos (no podía ser de otra manera), es el tema de la migración.
Esta migración no se ve referida a un extranjero de un Estado Miembro, sino,
más bien, a ese indocumentado que pretende asegurar su subsistencia acudiendo
al reclamo de oportunidades que percibe en el estado del bienestar
occidental. Si hablamos, pues, de
ciudadanos de la Unión Europea, debido al derecho de circular y residir
libremente en territorio común según lo estipulado en el artículo 21 TFUE, no
estaríamos refiriéndonos a esos inmigrantes en situación irregular. Por tanto,
es para ellos quienes van destinados esos objetivos de los que hablaba antes.
Estos objetivos son líneas muy
sencillas que esperan dar solución a un problema cada vez mayor y son, a
grandes rasgos, el poder ofrecer asistencia a toda persona que lo necesite (la
Unión Europea no solo rescata bancos, también rescata personas), el
proporcionar unas fronteras más seguras, destinando más medios a la Agencia
Europea de Fronteras (FRONTEX); la prevención y, si fuera necesario, denunciar
y castigar firmemente a los traficantes de seres humanos, garantizar que todos
los Estados Miembros utilicen las mismas normas de asilo, aplicando un sistema
europeo común de asilo (SECA), en gran relación con el artículo 78 TFUE y
realizar acuerdos bilaterales, de cooperación (los llamados ”acuerdos de
readmisión”) con los países de origen de estos inmigrantes para poder realizar
una repatriación dentro de los Derechos Humanos, sin que se produzcan esas
“devoluciones en caliente” que tanto denuncia la ONU.
Dejando a un lado estos
objetivos, que de entrada pueden estar muy bien, hay que tener en cuenta que
esa libre circulación de las personas ha estado regulada en el ámbito del
trabajo con la OIT, por ejemplo, en materia de control fronterizo con el Código
de fronteras de Schengen o la directiva sobre procedimientos de asilo y de
retorno, teniendo siempre muy en cuenta la Carta de los Derechos Fundamentales
de la Unión Europea. Además, el TFUE enmarca en su capítulo dos las políticas a
seguir sobre controles en las fronteras, asilo e inmigración.
Sin lugar a dudas, queda aún
mucho por hacer e, incluso, se habla de que se necesita una mayor legislación para
que los más desfavorecidos (la gente del sur) no vea mermados sus derechos, esos
derechos que son un estándar mínimo como es el derecho a la vida, el derecho a
obtener justicia sin sufrir tratos inhumanos o degradantes o la facultad de
ejecutar determinados derechos civiles básicos como el derecho de la familia. Junto
a ello, hay que añadir que los derechos humanos acompañan a la persona allá
donde vaya y obligan a cada Estado allá donde se encuentren sus autoridades.
Todo ello deberá ser regido por el principio de solidaridad que tanto promueve
Europa, así como un reparto equitativo
de la responsabilidad entre los Estados miembros, también en el aspecto
económico. Esperemos que los titulares arriba mencionados sean cosa del pasado
aunque, como suele pasar a menudo, sólo el tiempo lo dirá.
F.D.O. Gema Rodríguez Yáñez.
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